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Taekwondo: En el ojo del huracán el Comité de Apelación

Escrito por: Administrador el lunes, 16 de diciembre de 2013 | 13:53

El Comité de Apelación de la Federación Canaria de Taekwondo, en el ojo del huracán

La Dirección General de Deportes advierte que no se puede ser miembro de un órgano disciplinario y pertenecer a otro órgano federativo

Los escritos de reclamación contra el presidente de la FCT son desestimados por un Comité Disciplinario formado con el  86 % de miembros de su propia Junta Directiva. 6 de los 7 miembros que componen el Comité de Apelación incurren en la incompatibilidad que señala el artículo 40 de los Estatutos de la FCT

La resolución del Comité Canario de Disciplina Deportiva de la Dirección General de Deportes del Gobierno de Canarias (con nº de registro de salida, 389988) ha puesto de manifiesto la situación irregular del Comité de Apelación de la Federación Canaria de Taekwondo, donde la gran mayoría (6 de 7) de sus titulares son, al mismo tiempo, miembros de otros órganos federativos, con lo que se contradice la normativa legal que impide ser miembro de un órgano disciplinario y de otro órgano federativo al mismo tiempo, para con ello, preservar la independencia de los encargados de impartir justicia.

La denuncia llegó hasta la DGD después de que las reclamaciones realizadas, por presuntas irregularidades, en contra del presidente de la Federación Canaria, Ángel Octavio Ojeda, fueran desestimadas por un Comité de Apelación formado por 7 miembros, de los cuales, 6 eran titulares de otros cargos federativos, así como de la Junta Directiva, cuyos puestos son de libre designación por parte del propio presidente. Es decir, elegidos por él. Con ello, la imparcialidad y transparencia del comité disciplinario federativo queda en entredicho al incumplir la normativa que obliga a la independencia de los órganos disciplinarios.

Se ha solicitado mediante escrito formal, presentado el pasado día 27 de septiembre, que se atienda a la resolución de la DGD y se proceda a cambiar a los miembros del Comité de Apelación ya que dicha situación no se ajusta a derecho y además genera y potencia un sentimiento de indefensión ante cualquier reclamación hacía la labor federativa. Los 7 titulares de dicho comité son: J. T. B.; C. A. M.; S. C. P.; G. M. D.; J. B. M.; J. M. S. y C. P. F. El único que no ocupa otro cargo federativo es J. M. S. Cabe destacar que hasta el día de hoy, el presidente de la FCT no ha respondido al escrito presentado el mes de septiembre.

Ante la ausencia de imparcialidad, temor a denunciar

El grave hecho de que el Comité de Apelación de la Federación Canaria de Taekwondo se encuentre inmerso en esta circunstancia de incompatibilidades de 6 de sus 7 miembros, propicia que los deportistas recelen de la imparcialidad y transparencia que se le supone a un órgano disciplinario y que viene dictaminado por las normativas. Esta realidad federativa actúa a modo de freno hacía los deportistas, quienes se lo tienen que pensar, muy mucho para realizar cualquier tipo de reclamación o denuncia sobre posibles irregularidades en la gestión de la FCT, potenciando a su vez, el temor a represalias. Una situación irregular que ha ido socavando la confianza a lo largo de los años.

Incumplimiento de la normativa

El artículo 40 de los Estatutos de la FCT señala que los órganos disciplinarios y jurisdiccionales son el Comité de Competición y Jurisdiccional y el Comité de Apelación, los cuales gozarán de absoluta independencia respecto de los restantes órganos federativos. De esta manera, la Federación Canaria incumple de manera manifiesta esta normativa ya que 6 de los 7 miembros del Comité de Apelación ocupan otros cargos federativos. 

6 de 7, un porcentaje abrumador

La normativa promueve la independencia de los órganos disciplinarios, pero la realidad es bien distinta en la Federación Canaria de Taekwondo. La incompatibilidad legal no es tenida en cuenta ya que J.J. T. B.; C. A. M.; S. C. P.; G. M. D.; J. B. M. y C. P. F. son titulares del Comité de Apelación y al mismo tiempo ocupan otros cargos federativos, vulnerando, presuntamente, de este modo la legislación.  

Más concretamente, S. C. P. es al mismo tiempo, Vicepresidente de la FCT; J.J. T. B. es miembro de la junta directiva y delegado de la sección de hapkido; C. A. M. es al mismo tiempo, titular de la junta directiva y Director de la Escuela Federativa; G. M. D. es vocal de la junta directiva; J. B. M. es al mismo tiempo, miembro de la junta directiva y seleccionador regional y C. P. F. es también miembro de la junta directiva y responsable de la Delegación Tinerfeña de Taekwondo, cuyo puesto es designado por el presidente.

Todos ellos deberían cesar como miembros del Comité de Apelación o bien dejar sus otros cargos federativos, para, de esta manera, poner fin a este cúmulo de presuntas irregularidades que en nada benefician al taekwondo canario y generan incertidumbre y recelo entre deportistas y clubes a la hora de confiar en la disciplina federativa.

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